martes, 10 de agosto de 2010

Las Pragmáticas contra los moriscos


Antecedentes de la Guerra de las Alpujarras

Tras la conquista del reino nazarí de Granada y la firma de las Capitulaciones con los musulmanes vencidos, los castellanos siguen su ofensiva sobre el litoral norteafricano entre 1497 y 1510, conquistando Melilla, el Peñón de Vélez de la Gomera, Mazalquivir y Orán, sin embargo, los escenarios europeos requieren más atención y ello hace que se pierdan varias plazas conquistadas mientras los turcos se establecen en Argel en 1515-1516.

En este tiempo en el litoral de Tetuán muchos andalusíes se habían establecido organizando incursiones piratas sobre el litoral andaluz que aprovechaban para capturar cautivos y transportar clandestinamente a los todavía mudéjares, luego moriscos, a la costa magrebí.

Debido a ello se despueblan en la primera década del siglo XVI pueblos como Torrox, Nerja, Frigiliana, Benahavís, Ojén e Istán. Por contra desde Málaga salían frecuentes expediciones hacia la costa africana para capturar igualmente musulmanes para canjearlos por los cautivos cristianos.

El empeoramiento de los moriscos y la extensión de los focos de la piratería junto a la pérdida del Peñón de Vélez por los españoles en 1522 y la ineficaz vigilancia costera pese a las numerosísimas torres vigía, incrementan la actividad de los berberiscos hasta el extremo de que en 1566 una veintena de navíos vizcaínos son atacados cerca de Málaga desembarcando incluso poco más tarde.

Los mudéjares-moriscos verían emperorar su vida y cada vez recorrían con mayor frecuencia a la emigración al norte de Africa, disminuyendo la población y los ingresos que los señores y el estado obtenían de ellos, esto explica que las rentas de Gaucín desciendan en más de un 50% entre 1498 y 1507, el fracaso en la cristianización paulatina de los musulmanes andaluces lleva a promulgar una serie de medidas entre 1511 y 1514 cambiando la situación legal de los moriscos.

En 1518 el emperador Carlos V publica una pragmática que entre otras cosas establecía lo siguiente:
  • Se prohibe el uso por los moriscos de la lengua y hábitos árabes.
  • Debían tener abiertas las puertas de sus casas los viernes, sábados y días de fiesta.
  • En los desposorios y matrimonios no usasen ceremonias de moros sino que se celebrasen con arreglo a las órdenes de la Iglesia Católica.
  • Que no se pusiesen alheña ni polvos de la misma planta en los pies ni en las manos.
Los moriscos enviaron repetidas comisiones para evitar el cumplimiento de la ley, hasta que el llamado Veredicto de la Capilla Real, fechado el 7 de Diciembre de 1526 y firmado por el emperador Carlos V en Granada, admite que los moriscos no eran responsables de su débil incorporación a la comunidad cristiana por la débil campaña realizada por los castellanos, y se ordena una nueva campaña de evangelización que además de prohibirles mantener los ritos usuales de sacrificios de animales y el uso de la lengua árabe hablada y escrita, suprime el régimen tradicional de tranmisión de bienes por herencia y establece que en las bodas de moriscos, los padrinos de boda y de bautizo sean necesariamente cristianos viejos, medidas que buscan la desintegración de la estructura familiar morisca, y encomendadas para su seguimiento al temido Santo Oficio o Inquisición que, gracias a un tributo extraordinario pagado a la Corona de 40.000 ducados reunidos por los moriscos, aplaza su actuación religiosa aunque no pueden evitar la prohibición de hablar y escribir árabe.

Pese a ello los moriscos o nuevos cristianos bautizados resisten en su patria y siguen trabajando la tierra y manteniendo industrias como la seda o la pasa que aporta grandes beneficios a la Hacienda española. Una treintena de años después sigue perviviendo el árabe coloquial, los usos gastronómicos y las ropas y los baños musulmanes.

Las malas cosechas desde 1555 y una epidemia de tifus junto a las incursiones piratas berberiscas llevan a los cristianos viejos a cargar su ira contra los moriscos.

Así, en 1566 se recrudece la persecución legal con la pragmática de Felipe II que además de confirmar la pragmática de su padre Carlos I de España y V de Alemania, contenía los siguientes puntos:

  • Que en el tiempo de tres años aprendiesen los moriscos a hablar la lengua castellana y que en adelante no pudiesen escribir ni leer en público ni en secreto en árabe.
  • Que fuesen nulos y sin ningún valor las escrituras y contratos redactados en lengua árabe y que todos los libros redactados en esta lengua fueran examinados por la Audiencia de Granada.
  • Que en el plazo de dos años vistiesen a usanza de los cristianos, y durante este tiempo las mujeres que anduviesen vestidas a la morisca llevasen la cara descubierta.
  • Que no usasen baños artificiales y los que existían se derribasen.
  • Que los hijos de los notables moriscos serían educados fuera del reino de Granada.
Con el comienzo de las expropiaciones de las tierras de los moriscos, especialmente en La Alpujarra, donde los cristianos nuevos eran superiores en número a los viejos y además tenían un nivel de vida decente por su dedicación a la sericultura, esta medida perjudicará lógicamente a los alpujarreños hasta el punto que, cuando en 1568 se les impone un tributo extraordinario, se produce el levantamiento general de los moriscos que da lugar a la Guerra de La Alpujarra a finales de ese año.

Bruno Alcaraz Masáts