El Decreto de la Alhambra o Edicto de Granada fue un decreto promulgado en la Alhambra el 31 de marzo de 1492 por los reyes recién llamados Reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla, mediante el cual se expulsaba a los judíos de la península Ibérica con término el 31 de julio de 1492, aunque por diversos motivos logísticos, se prorrogó este plazo hasta el 2 de agosto a las doce de la noche.
El día 2 de agosto de 1492, a las 12 de la noche, coincidió con la partida de Cristóbal Colón hacia el descubrimiento de una nueva ruta a las Indias, viaje que acabó con el descubrimiento de América. Esta coincidencia a dado pie a la teoría del origen judío de Colón expuesta, entre otros, por Simón Wiesenthal en su libro Operación Nuevo Mundo, la misión secreta de Cristóbal Colón. Se dice que en ese primer viaje de Colón le acompañaban tripulantes 6 judíos.
El rey Fernando II de Aragón, el Católico, promulgaría y firmaría otro decreto para el reino de Aragón. Ambos decretos o edictos reales partían de un mismo borrador elaborado por Tomás de Torquemada, el inquisidor general en España, al que el cronista Sebastián de Olmedo, llamó «el martillo de los herejes, la luz de España, el salvador de su país, el honor de su orden». El nombre de Torquemada, como parte de la leyenda negra de la Inquisición española, se ha convertido en un apodo para la crueldad y el fanatismo al servicio de la religión.
La base de los argumentos oficiales esgrimidos fueron redactados por Tomas de Torquemada y se fundamentaba en 3 principios básicos:
1 - Combatir de forma definitiva la herética influencia que los judíos extendían por las Coronas de Aragón y Castilla.
2 - Erradicar el daño que los judíos ejercían sobre la comunidad cristiana al intentar sustraer la santa fe católica de los fieles cristianos y pervertir su creencia y opinión.
3 - El edicto se apoyaba además en otras medidas de expulsión y segregación tomadas con anterioridad en la península para defender la colectividad y cohesión del reino.
La expulsión y sus condiciones
El plazo era de 4 meses a partir de la firma de edicto, es decir, que el 31 de julio no debía quedar en el reino ni un solo judío. En un edicto posterior, Torquemada amplió el plazo 10 días, para compensar el tiempo que transcurrió entre la promulgación y el conocimiento del decreto.
La desobediencia a este edicto supondría la condena a muerte y la confiscación de los bienes.
Los Reyes ofrecieron su seguro real para que los judíos negociaran su fortuna y se la llevaran, si así era su deseo en forma de letras de cambio, puesto que había una ley que prohibía que se sacaran oro, plata, monedas, armas y caballos del país.
Aunque en el edicto no se hacía referencia a una posible conversión, esta alternativa estaba implícita, y muchos individuos pertenecientes a la élite hebrea se acogieron a la conversión para evitar ser expulsados, iniciándose la Segunda Diáspora, tras la Primera Diáspora judía que comenzó cuando los judíos fueron exiliados a Babilonia por Nabucodonosor en el 586 a.C. Según la tradición hebrea, los judíos que vivían fuera de Israel se consideraban a sí mismos exiliados (en hebreo, galut).
Los sefardíes actuales son los descendientes de los judíos que vivieron en la Península Ibérica hasta el 2 de Agosto de 1492.
Sefarad, la tierra occidental del mundo
Sefarad (del hebreo ספרדים 'españoles') es el nombre que los hebreos daban a Hispania y Sephardím era el término que ya usaban los judíos de Iberia, que recuerda a los habitantes de la ciudad bíblica de Sepharad, mencionada en las profecías de Obadiah, (Abdías) a la unos identifican como la ciudad de Sardis, la actual Sart, capital de Lidia, en Asia Menor y otros con una localidad de Mesopotamia, cerca de Babilonia. Sin embargo, la tradición judía tiende a ubicar Sefarad en la parte occidental del mundo conocido entonces, es decir, la península ibérica.
Si bien es cierto que convivieron en época medieval con los hispano-musulmanes y los cristianos, no lo hicieron de forma pacífica. Durante siglos y su cultura prosperó gracias a la política filo-judía de algunos monarcas anteriores a la intronización de los Trastámara.
Durante la Edad Media, los hebreos de Hispania fueron reconocidos como los líderes de la fe y cultura judías en aquellos siglos, ejercieron un liderazgo religioso y cultural, que se prolongó incluso durante varios siglos tras la expulsión.
Cuentan que a la promulgación del Edicto de expulsión de 1492 por los Reyes Católicos, conocido como el Decreto de la Alhambra o como el Edicto de Granada, los judíos españoles no reaccionaron de manera homogénea frente al terrible dilema que se les planteaba, por lo que el éxodo y las conversiones en masa fueron parte del caos y de la desestructuración social que generó el Edicto de Granada.
Quienes optaron por partir formaron parte de las largas filas humanas que avanzaron con lo poco que podían trasportar -no pudiendo llevarse oro ni plata, la huída desesperada generó improvisadas subastas a precios irrisorios- hacia el norte de África, el antiguo Imperio Otomano, Holanda (de donde muchas familias emigraron a las colonias de Curaçao, Surinam, y Aruba), Inglaterra, Alemania, Dinamarca, Austria, Suiza y Hungría, donde se establecieron en comunidades y conservaron su patrimonio cultural. Durante siglos conservaron una variedad de castellano llamada jaquetía o judeoespañol, que se desarrolló de forma aislada respecto al español de España y América.
En la lengua del Israel contemporáneo, la palabra "sefardí" incluye a las comunidades judías que inmigraron de los países del Medio Oriente, notablemente de Yemen, Iraq e Irán, aunque no tienen conexiones ancestrales con los judíos de España y Portugal. Judíos de estas comunidades medio-orientales son a veces llamados "judíos orientales" por el equivalente hebreo "mizrajim". Anteriormente fueron conocidos como "judíos árabes", pero lo inconveniente de esta expresión la hizo caer en desuso.
El término "Nusaj Sefarad" no se refiere a la liturgia que se recita por sefarditas generalmente, sino a una liturgia europea alternativa que es usada por muchos jasidistas. Tradicionalmente, los sefardíes utilizan la Nusaj Edot Hamizraj para orar (liturgia de las congregaciones de Oriente) que es conocido, como "Nusaj Sefaradi" también.
Grabado de músicos sefarditas
Texto del Decreto de Granada o Edicto de la Alhambra